Alcalde y funcionarios de Calimaya usan biblioteca para una fiesta de cumpleaños

El alcalde y funcionarios de Calimaya fueron denunciados por usar la biblioteca pública para realizar una fiesta con bebidas alcohólicas
El alcalde y funcionarios de Calimaya fueron denunciados por usar la biblioteca pública para realizar una fiesta con bebidas alcohólicas

El alcalde y funcionarios de Calimaya participaron en una fiesta, con alcohol, baile y música, en la biblioteca pública municipal.

Agencia MVT

Toluca, México 25 de septiembre 2022.- El pasado jueves 22 de septiembre se llevó a cabo una fiesta en la biblioteca pública municipal, donde participó el alcalde de Calimaya, Oscar Hernández Meza y varios funcionarios del ayuntamiento, para celebrar el cumpleaños de la Directora de Equidad de Género, Sonia Vargas, de acuerdo a una denuncia publicada por el canal de noticias FR Informante.

El video publicado por FR Informante fue transmitido en vivo, a través del perfil personal en Facebook de la Directora Sonia Vargas que era festejada, sin embargo, tanto el video como la cuenta fueron borrados horas más tarde de la red social.

En la grabación se observa a varios hombres bailando con pasos de «perreo», hay botellas de alcohol, refrescos y botanas y en un movimiento de la cámara se observa al alcalde, Óscar Hernández Meza participando en la fiesta dentro del recinto público de cultura.

La fiesta que el alcalde y funcionarios de Calimaya organizaron fue denunciada a FR Informante

El canal de noticias FR Informante transcribió de manera textual la denuncia que recibió por mensaje privado.

Quiero hacer una denuncia anónima a ver si la pudiera subir.

El día jueves en horario laboral servidores públicos del ayuntamiento de Calimaya armaron un pachangón en la biblioteca pública ubicada en el centro del pueblo donde hubo bailes cachondos y alcohol.

En el video se alcanza a ver qué tomaban tequila. En el video aparecen el presidente que es del PAN, Oscar Hernández Meza, directores de área y personal operativo.

El video fue una transmisión en vivo que realizó la directora de Equidad de Género, Sonia Vargas Calixto (a quien festejaban por su cumpleaños) y que después fue borrado de su cuenta, incluso su cuenta fue dada de baja, pero ya había sido demasiado tarde porque alcanzamos a descargar el video.

Lo cual es indignante para los vecinos pues carecemos de buenos servicios, de robos a locales y asaltos a plena luz del día, a parte el alcalde no ha hecho obras, y eso que ya lleva cuatro veces gobernando el Municipio a través de distintos partidos en distintos periodos (PT y PAN) solo se la pasa con sus pavimentadas que a los pocas semanas las calles vuelven a estar igual y de sus compromisos de campaña no ha cumplido nada.

Alcalde y funcionarios de Calimaya habrían infringido contra el Código de Etica municipal

El municipio de Calimaya cuenta con un código de ética que fue aprobado en la vigésimo tercera sesión ordinaria de cabildo con fecha 23 de junio de 2022, apenas tres meses antes de la publicación de un video que los muestra en una fiesta, con alcochol y baile, en un edificio público (biblioteca)

El código de ética del municipio de Calimaya señala en los primeros artículos:

Artículo 1.- El Código de Ética es aplicable a todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión, al interior de alguna oficina administrativa del Ayuntamiento u Organismo Descentralizado de la Administración Pública de Calimaya, México.

Artículo 2.- El Código de Ética de los servidores públicos de la Administración Pública Municipal de Calimaya, tiene por objeto incidir en el comportamiento y desempeño de los servidores públicos; para fomentar en ellos una ética e identidad personal y profesional; así como un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público. Es el instrumento que contiene los principios, valores y reglas de integridad, considerados como fundamentales, buscando incidir en el correcto desempeño y comportamiento de los servidores públicos municipales.

¿Qué sanciones prevé el código de ética del municipio de Calimaya?

El capítulo IV del código de ética del municipio de Calimaya se refiere a las sanciones y vigilancia.

Artículo 11. Corresponde al Órgano Interno de Control vigilar y en su caso sancionar cualquier acto u omisión que quebrante la disciplina y respeto que, en apego a este Código, deben observar los Servidores Públicos, esto de conformidad con los artículos 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a los artículos 10, párrafo segundo y 49 fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; artículos 10 párrafo tercero y 50 fracción I, de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 109 fracción III: Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Dichas sanciones consistirán en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas…

Biografia del alcalde de Calimaya

¿Qué sanción podría aplicar la Secretaría de la Contraloría Estatal al alcalde y funcionarios de Calimaya?

De acuerdo con el artículo 79 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios el alcalde y funcionarios de Calimaya podrían ser sancionador por el Tribunal de Justicia Administrativa, la Secretaría de la Contraloría o los órganos internos de control que impondrán las sanciones administrativas siguientes:

  • Amonestación pública o privada.
  • Suspensión del empleo, cargo o comisión, sin goce de sueldo por un periodo no menor de un día ni mayor a treinta días naturales.
  • Destitución de su empleo, cargo o comisión.
  • Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un período no menor de tres meses ni mayor de un año.

La Secretaría de la Contraloría y los órganos internos de control podrán imponer una o más de las sanciones administrativas señaladas en este artículo, siempre y cuando sean compatibles entre ellas y de acuerdo a la trascendencia de la falta administrativa no grave.

Viernes 03 de Julio del 2026 11:16 pm