Agencia MVT
Toluca, Estado de México, 26 de marzo.- De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el Simulador para Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 estará disponible esta última semana, por lo que invita a las personas físicas a utilizarlo y así facilitar el proceso requerido.
La dependencia federal explicó que esta herramienta estará disponible hasta el próximo 31 de marzo y permite verificar el prellenado de ingresos, gastos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos provisionales, así como saldos a favor, en caso de existir.
El SAT informa que, hasta el 31 de marzo, se encuentra disponible el Simulador para la Declaración Anual 2023 de personas físicas, herramienta que permite verificar el prellenado de ingresos, gastos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos… pic.twitter.com/4E6R3nbj3p
— SATMX (@SATMX) March 25, 2024
¿Qué es la declaración anual del SAT?
La declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria es un trámite fiscal obligatorio que tienen que presentar las personas físicas y morales.
El SAT se encarga de administrar y autorizar los impuestos de las personas que radican al interior de la República Mexicana.
Cada año los contribuyentes deben presentar un informe sobre todos sus ingresos, deducciones, retenciones, e impuestos que se hicieron durante un ejercicio fiscal, cuyo periodo es del 1 de enero al 31 de diciembre.

¿Cuáles son las multas por no realizar la Declaración Anual?
La autoridad fiscal contempla las siguientes multas:
En caso de no haber declarado en tiempo y forma, la multa oscila entre mil 800 a 22 mil 400 pesos.
Por cada requerimiento incumplido – de mil 800 a 44 mil 790 pesos.
Por no presentar la declaración por internet en tiempo y forma – de 18 mil 360 hasta 36 mil 740 pesos.
¿Quiénes no pagan ISR ante el SAT en México?
Las y los mexicanos que se encuentran jubilados y son pensionados son quienes libranel impuesto ante el SAT, debido a que no están obligados a pagar, así lo establece el artículo 93, fracción IV, de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Sin embargo, en el artículo 93, fracción IV, establece que las pensiones cuyo monto diario excedan 15 veces el salario mínimo general deberán pagar el ISR.