José Contreras Contreras\r\n\r\nTOLUCA, México, 24 de Abril.- La fecha límite para realizar la declaración de impuestos correspondiente al ejercicio 2012 es el próximo 30 de abril. Para quienes no la han realizado, todavía están a tiempo de cumplir con sus obligaciones fiscales y obtener los beneficios de protección y deducibilidad que algunos seguros ofrecen.\r\nEntre los gastos deducibles se encuentran el pago de hipotecas, donativos, servicios funerarios y la compra de seguros de protección personal como los de retiro, gastos médicos mayores y los planes personales de retiro.\r\nGerardo Garza Cortina, subdirector fiscal de Seguros Monterrey, planteó que el hecho de que los seguros de gastos médicos mayores sean deducibles de impuestos representa un importante beneficio económico, pues al incluirlos en la declaración de impuestos se puede recuperar hasta 30 por ciento del pago de la prima, asimismo, se pueden deducir otros gastos de salud que no se contemplan en las pólizas.\r\nCon respecto a los seguros de retiro y los planes personales de retiro, Gerardo Garza destacó que planear una vejez financieramente estable debe considerarse una inversión y no un gasto, ya que el dinero que se deposite en este instrumento regresará en un momento crucial de la vida: la jubilación.\r\nUna buena noticia, señaló el ejecutivo de Seguros Monterrey, es que aún es buen momento para adquirir un seguro de retiro, ya que éstos pueden ser incluidos en la presente declaración siempre y cuando sean adquiridos antes del 30 de abril. En particular, este es el único gasto que puede deducirse de esta forma, destacó el ejecutivo.\r\nEn el caso de los planes personales de retiro adquiridos este año, pueden deducirse en la declaración anual que se presenta en el 2014, de esta misma forma procede la deducción de los seguros de gastos médicos mayores, concluyó Garza Cortina.