Recursos públicos no deben clasificarse como secreto bancario

TOLUCA, México, 11 de Feb.- La Ley General de Transparencia deberá establecer de manera muy clara y precisa aquellos supuestos que son de acceso público respecto de la información fiduciaria, bancaria o fiscal, porque el uso de los recursos públicos no debe clasificarse como secreto bancario, puntualizó Federico Guzmán Tamayo, comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).\r\nEl comisionado expuso que en aquellos casos en que una institución pública sea titular o ejerza recursos públicos, no podrá invocarse al secreto bancario como causa de reserva de la información, ya que no existe justificación para argumentar secrecía.\r\n»Si el titular de la cuenta bancaria es un ente público, si a través de ésta se entregan recursos públicos, cuando se han aportado recursos públicos o lo que corresponde a la parte del financiamiento público recibido por dicha dependencia, la Ley General de Transparencia deberá establecer que no podrá invocarse el secreto bancario, fiscal o fiduciario para evitar revelar la información vinculada con esa cuenta», detalló Guzmán Tamayo.\r\nDe igual forma, dijo, si un particular solicita la información la dependencia no podrá alegar el secreto fiduciario para negar su entrega, en el caso de que se constituya como fideicomitente o fideicomisario de un fideicomiso con carácter público. Tampoco podrá amparar la negativa bajo el secreto fiscal, ya que el fideicomitente es quien transmite los bienes, en tanto que el fideicomisario puede ser el propio beneficiario de los recursos públicos.\r\nGuzmán Tamayo afirmó que los citados argumentos tampoco resultan válidos cuando las dependencias reciben u otorgan beneficios de carácter fiscal, por lo que la Ley en la materia deberá prever que no se considere como información confidencial aquélla relativa a los subsidios, condonaciones, exenciones, estímulos fiscales o cualquier otro beneficio del mismo tipo, en cuyo caso se harán públicas las razones por las cuales se proporcionan los beneficios.

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