Todo lo que necesitas saber sobre el aguinaldo ¿tienes derecho a recibirlo?

El aguinaldo es uno de los beneficios salariales más esperados por los trabajadores que, al final del año, que llega junto con fiestas de navidad año nuevo
Todo lo que necesitas saber sobre el aguinaldo ¿tienes derecho a recibirlo?
El aguinaldo es uno de los beneficios salariales más esperados por los trabajadores que, al final del año, que llega junto con fiestas de navidad año nuevo

Agencia MVT

Toluca, México 8 de octubre 2021.- El aguinaldo es uno de los beneficios salariales más esperados por los trabajadores al final del año que llega junto con el las fiestas de navidad y el año nuevo, pero ¿sabes cuando y cual es la fecha máxima para que lo recibas?

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho que tienen los hombres y mujeres trabajadores, establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuándo debe pagarse el aguinaldo a los trabajadores?

El aguinaldo anual deberá pagarse antes del día veinte de diciembre

¿Cuánto debo recibir de aguinaldo?

La ley establece que por lo menos 15 días de salario deberás recibir como pago de aguinaldo su cumpliste un año trabajando, pero si no lo has cumplido recibirás la parte proporcional a los días trabajados.

¿Quiénes tienes derecho a recibir el pago de aguinaldo?

  • Las y los trabajadores que realicen la prestación de servicios de manera permanente a un solo patrón
  • Quienes cubren un horario de trabajo con duración de 8 horas de manera obligatoria.
  • Que tengan un lugar fijo asignado dentro de la empresa o establecimiento
  • Que reciban instrucciones de un superior inmediato.

Si trabajo por honorarios ¿tengo derecho a recibir aguinaldo?

Si trabajas por honorarios, de manera eventual, por llamado ó por proyecto tu patrón NO está obligado a pagarte el aguinaldo.

¿Si soy trabajador o trabajadora sin contrato escrito o freelance, tengo derecho al aguinaldo?

Siempre que exista una relación laboral de subordinación comprobable la o el patrón debe cubrir determinada cuota a la o el trabajador.

¿Si no he cumplido un año trabajando cuánto recibiré de aguinaldo?

Sí tienes derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, según los días que trabajaste en el año, por lo que tendrás que realizar una sencilla fórmula:

¿Cuál es la fórmula para calcular la parte proporcional del aguinaldo?

Salario diario x 15 (días de aguinaldo que marca la ley) el resultado lo divides entre 365 (días del año) y a su vez ese resultado lo multiplicas por el número días trabajados en el año, el resultado será el importe al que tienes derecho como parte proporcional.

Ejemplo de una persona que gana 300 pesos diarios y trabajó 160 días:

Fórmula: 300 (salario diario) x 15 = 4,500 entre 365 = 12.328 x 160 = 1,972.48 pesos recibirá de aguinaldo

¿Si durante el año dejé de trabajar en la empresa, tengo derecho al aguinaldo?

Si, la ley señala que tienes derecho a recibir la parte proporcional de aguinaldo por los días que trabajaste

¿Se les descuenta la parte de aguinaldo a las madres trabajadoras por haber estado de incapacidad por maternidad pre y post natal?

No, los períodos pre y postnatales (antes y después del nacimiento), deben contar como días trabajados para el cálculo del aguinaldo.

¿Recibe el pago total de aguinaldo un trabajador que sufre un accidente de trabajo?

Sí, estén asegurados o no, se consideran como trabajadores en activo durante el periodo que dure la incapacidad temporal y por lo tanto tienen derecho a recibir completo su aguinaldo, ya sea por parte de la empresa o de las instituciones de seguridad social.

¿Si el trabajador falleció sus beneficiarias o beneficiarios tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo?

Si, pero antes las y los beneficiarios podrán solicitar el pago de aguinaldo realizando un juicio de designación de beneficiarios y de esta forma se le deberá cubrir el pago de aguinaldo.

¿Se puede renunciar al pago de aguinaldo?

No, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. El empleador en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.

¿El pago de aguinaldo se puede realizar en especie?

No, tanto el aguinaldo como el salario deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.

Previo consentimiento de la o el trabajador, el pago del salario y aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.

Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por las y los patrones.

¿Qué plazo tienen las y los trabajadores para reclamar el pago de su aguinaldo?

Un año a partir del 20 de diciembre, en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.

¿Si no recibo mi aguinaldo donde puedo denunciar y exigir que se cumpla mi derecho?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es un órgano desconcentrado del gobierno federal mexicano que forma parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Su objetivo es proteger los derechos de los trabajadores ante las autoridades laborales

¿Cómo presento una denuncia ante la PROFEDET?

  • Puedes acudir a sus oficinas centrales que están ubicadas en calle Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. C.P. 06720.
  • En Toluca se ubica en: Calle 21 de Marzo 203-301, Barrio de la Retama, 50040 Toluca de Lerdo, México.
  • También puedes comunicarte a los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000 extensiones 44740 y 44741
  • Ó puedes enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx

 

Sábado 20 de Abril del 2024 4:58 am