Pide PRD «candados» al Código Financiero

Toluca, Méx., 5 de diciembre de 2007.- El vocero del grupo parlamentario del PRD, Roberto Río Valle Uribe, informó que su bancada solicitó de manera expresa que se incluyeran candados en el Código Financiero para impedir que los contribuyentes puedan ganar los amparos interpuestos en contra del impuesto predial.\r\nEn días anteriores, Río Valle Uribe había alertado al respecto, porque una empresa asentada en el municipio de Tultitlán ganó el amparo que interpuso ante la justicia federal, cuando la Corte declaró anticonstitucional el predial, motivo por el cual, la Tesorería de ese Ayuntamiento tuvo que reembolsar 800 mil pesos.\r\nRío Valle advirtió que en este sentido hay al menos 11 casos en proceso, mismos que podrían prosperar al igual que el citado.\r\nComentó que los perredistas avalaron en comisiones la cancelación de la sanción de dos mil pesos a los propietarios de los autos que no emplacaron sus vehículos en el programa correspondiente al año 2002.\r\nAl respecto, explicó que esta sanción la tendrían que pagar 250 mil vehículos de las más de dos millones de unidades matriculadas en territorio mexiquense, pero esa medida política no resultó benéfica, dado que no se obtuvieron los resultados esperados.\r\nEn comparación, dijo que mientras en el Estado de México la matriculación de los morosos disminuyó, en el Distrito Federal aumentó; simplemente en el período 2005-2006 matricularon en esa entidad unos 370 vehículos, entre llegados de otras entidades y unidades nuevas.\r\nFinalmente, comentó que al quinto día de discusión del Paquete Fiscal, los perredsitas manifestaron su acuerdo con la propuesta del diputado del PAN, Eduardo Alfredo Contreras y Fernández, quien propuso candados para el Artículo Quinto del Código Financiero.\r\nEsto con la finalidad de que los ayuntamientos de la entidad no contraten líneas de crédito cuando no cuentan con solvencia financiera a corto y largo plazo, y para que la aprobación de la Legislatura a estas solicitudes esté sujeta a la capacidad real de pago.

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