Agencia MVT / Staff
TOLUCA, México, 27 de Enero del 2018.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó, a través de su Sala Regional Toluca, rechazar la solicitud presentada por aspirantes a candidatos independientes a presidentes municipales y diputados locales, en la que planteaban la posibilidad de ampliar el plazo para la colecta de firmas de apoyo a sus candidaturas.
La magistrada y magistrados que integran el Pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvieron los juicios ciudadanos 9, 10, 11, 12 y 13 de este año, promovidos por los aspirantes a ser registrados como candidatos independientes a diputados locales por los distritos XXIII, XIV, XL, XXXVI, XXXVIII, XLIV, XX, V, XVII, XXXIV, XXXV y VIII, con cabeceras en Texcoco, Nezahualcóyotl, Ixtapaluca, Zinacantepec, Coacalco, Nicolás Romero, Zumpango, Chicoloapan, Huixquilucan, Atlacomulco, Metepec y Ecatepec, así como los aspirantes a presidentes municipales de Valle de Chalco y Nicolás Romero.
Los actores de todos estos juicios acudieron a la autoridad jurisdiccional con la pretensión de que se revocara la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México y, en consecuencia, se les ampliara el plazo para recabar las firmas de apoyo ciudadano, pues consideran que 24, 25 y 31 de diciembre, así como el primero de enero de año pasado, no era posible recabarlas, por ser inhábiles.
Los magistrados consideraron que si bien, los cuatro días señalados pudieran considerarse de celebración en algunos entornos y de descanso para algunas actividades, pues no hay obstáculo material que imposibilite que recaben el apoyo ciudadano, por lo que no existe violación al derecho de los actores.
Por su parte, el magistrado Alejandro David Avante Juárez señaló que, sentar un precedente en el sentido de que cualquier día inhábil declarado por la ley o situación social que la generara, justificara ampliar el plazo de 45 días para diputados y 30 para ayuntamientos, generaría un desfase en la etapa de preparación de la elección.
En su intervención, el magistrado Juan Carlos Silva Adaya expresó que con la determinación adoptada en ningún sentido se hace nugatoria la posibilidad de que se obtengan las firmas necesarias para obtener una candidatura independiente, pues se trata de un número razonable de días, de modo que, a través de una planificación, ese objetivo es alcanzable.
En consecuencia, se confirmaron las sentencias impugnadas y, por tanto, se dejaron firmes los acuerdos del Instituto Electoral del Estado de México en el que se establecieron las fechas y plazos para la entrega de los apoyos.
