Las heridas que la justicia universitaria no sabe medir y no quiere reparar 

Justicia Universitaria, toda denuncia produce consecuencias; algunas son inevitables, especialmente cuando permiten detener conductas que lesionan la dignidad de las personas, pero existen otras de las que casi nunca se habla.
Las heridas que la justicia universitaria no sabe medir y no quiere reparar 
Justicia Universitaria, toda denuncia produce consecuencias; algunas son inevitables, especialmente cuando permiten detener conductas que lesionan la dignidad de las personas, pero existen otras de las que casi nunca se habla.

El veredicto invisible: cuando la absolución no restituye

Toda denuncia produce consecuencias. Algunas son inevitables y necesarias, especialmente cuando permiten detener conductas que lesionan la dignidad de las personas, pero existen otras de las que casi nunca se habla: aquellas que recaen sobre quienes son sometidos a un proceso institucional y descubren que, aun cuando los hechos no logren acreditarse o las sanciones desaparezcan con el tiempo, hay daños que permanecen. Las universidades han aprendido a incorporar en su discurso la reparación del daño para las víctimas. Y deben hacerlo. Lo que aún parece una conversación pendiente es quién repara el daño cuando un procedimiento es injusto, cuando una investigación concluye sin acreditar los hechos denunciados o cuando las propias instituciones generan afectaciones que nunca reconocen. Porque el desgaste de un proceso no termina con una resolución administrativa; con frecuencia apenas comienza.

Agencia MVT / Dra. Mónica Elizama Ruiz Torres

Hay pérdidas que no aparecen en ningún expediente. No existe un apartado para registrar el deterioro de la salud mental, el insomnio, la ansiedad antes de entrar a un aula, el miedo a volver a interactuar con estudiantes, la sensación de caminar permanentemente sobre terreno inestable y el dolor somatizado que se quedan en aquel docente que atravesó por procesos opacos. Tampoco existe una métrica institucional para cuantificar el costo reputacional de una sospecha, incluso cuando esta nunca llega a demostrarse. La absolución jurídica, cuando existe, rara vez significa una restitución social: los procedimientos concluyen, los expedientes se archivan y las instituciones continúan funcionando como si el conflicto hubiera terminado. Pero quienes hemos atravesado esos procesos sabemos que algunas consecuencias no tienen fecha de cierre. Permanecen en la forma de enseñar, de investigar, de relacionarse con los demás y sobre todo, en la manera de entenderse a uno mismo.

La literatura sobre justicia organizacional[2] ha mostrado desde hace décadas que la percepción de un procedimiento injusto genera efectos comparables a los de la propia sanción. No es únicamente el resultado lo que deteriora el bienestar de los trabajadores, sino la sensación de haber atravesado procesos opacos, desiguales o carentes de imparcialidad. En el ámbito universitario, donde la identidad profesional suele estar estrechamente vinculada con la vocación, la reputación y el reconocimiento de los pares, ese impacto adquiere dimensiones devastadoras.

El desmantelamiento de la identidad docente

Para un docente, la pérdida más profunda tras un proceso injusto no siempre es económica; es identitaria. La docencia no es una actividad que termine al salir del aula, con el tiempo se convierte en una forma de relacionarse con el conocimiento, con los estudiantes y con la propia vida. Enseñar implica exponerse intelectualmente todos los días, construir autoridad desde el diálogo y aceptar que buena parte de la legitimidad profesional depende de la confianza que otros depositan en uno. Cuando esa confianza se fractura, aun sin una resolución definitiva o sin pruebas concluyentes, el daño difícilmente puede limitarse al expediente administrativo, y es aquí donde comienza una forma de desgaste silencioso que pocas universidades reconocen: cada clase deja de ser un espacio de enseñanza y se convierte en un espacio de vigilancia. Cada interacción con estudiantes puede sentirse como un riesgo potencial. Un comentario, una mirada, una retroalimentación exigente o incluso la decisión de mantener distancia profesional adquieren significados que ya no controla quien enseña, sino quien los interpreta.

La consecuencia inmediata es una exclusión sutil, mucho más difícil de documentar porque rara vez aparece por escrito. No suele existir un oficio formal que anuncie el aislamiento académico; simplemente ocurre. Dejan de llegar invitaciones para participar en proyectos, disminuyen las oportunidades de impartir asignaturas, desaparecen las colaboraciones y las decisiones colegiadas comienzan a tomarse sin considerar a quien atraviesa un procedimiento abierto. Paradójicamente, muchas de estas medidas nunca son asumidas por las autoridades como sanciones; se camuflan como «ajustes administrativos», «decisiones operativas» o estrategias de una supuesta «prudencia institucional». Sin embargo, sus efectos en la realidad tienen un carácter punitivo: interrumpen trayectorias académicas, limitan la producción científica y envían un mensaje implícito a la comunidad sobre quién ha dejado de ser considerado un miembro plenamente confiable. La incertidumbre jurídica se convierte, lentamente, en la demolición profesional.

Investigaciones hechas por la OMS [3]sobre el síndrome de desgaste profesional o “burnout ha mostrado que la combinación de incertidumbre laboral, pérdida de autonomía, aislamiento organizacional y exposición prolongada al estrés constituye uno de los principales factores de riesgo para desarrollar ansiedad, depresión, alteraciones del sueño y somatizaciones físicas. Lo verdaderamente preocupante es que buena parte de estos daños no provienen necesariamente del conflicto original, sino de la manera en que las instituciones deciden administrarlo y quizá esa sea la forma más silenciosa de violencia institucional: aquella que no necesita imponer una sanción formal para modificar profundamente la vida de una persona; basta con dejarla esperando, con excluirla sin explicaciones, y con hacerle sentir, día tras día, que su presencia se ha vuelto incómoda.

La paradoja de la responsabilidad institucional

Las universidades suelen hablar con convicción sobre la importancia de proteger a su comunidad: elaboran protocolos, crean defensorías, promueven campañas sobre salud mental y colocan el bienestar como uno de los ejes de su discurso institucional. Sin embargo, existe una contradicción hipócrita que pocas veces están dispuestas a reconocer: cuando el daño proviene de sus propios procedimientos, la responsabilidad parece desaparecer. Las instituciones exigen que las personas asuman las consecuencias de sus actos, pero rara vez asumen las de sus propias decisiones. Una investigación mal conducida, un procedimiento excesivamente largo o una medida cautelar desproporcionada pueden transformar profundamente la vida de un docente. Sin embargo, cuando eso ocurre, nadie responde por el daño producido; no existe reparación, no existe restitución y, con frecuencia, ni siquiera existe el reconocimiento del error.

La lógica universitaria parece ser sencilla: si el procedimiento formal ya concluyó, la institución considera que el problema terminó. Pero para quien atravesó ese proceso, el verdadero calvario apenas comienza. Recuperar la reputación es mucho más difícil que perderla, y reconstruir la confianza de colegas y estudiantes puede tomar años. Hay trayectorias que no se interrumpen por una sanción formal, sino por la sombra permanente de una sospecha. Y esa sombra produce efectos profundamente perversos en toda la comunidad académica: cada profesor que observa cómo un colega atraviesa un proceso opaco aprende la lección silenciosa de que es mejor no exponerse, no exigir demasiado y callar antes que convertirse en el siguiente nombre de un expediente. Así, el daño deja de ser individual y se vuelve cultural: la universidad comienza a producir profesores más cautelosos, menos críticos y más temerosos.

Quizá ha llegado el momento de formular las preguntas que nunca aparecen en los informes institucionales, en las acreditaciones o en los discursos rectorales: ¿quién evalúa el daño que la universidad produce cuando se equivoca? ¿Quién responde por la reputación destruida? ¿Quién devuelve los años de trabajo perdidos, los proyectos interrumpidos o las colaboraciones que nunca volvieron? ¿Quién repara las noches de insomnio, la ansiedad o la pérdida de una identidad profesional construida durante décadas?

La respuesta del sistema suele ser el silencio absoluto. Y esa ausencia de responsabilidad es una forma pura de violencia institucional, porque una universidad no solo daña por lo que hace; también daña por lo que decide no reparar. Daña cuando convierte la sospecha en una condena social, cuando normaliza el aislamiento como medida de prudencia y cuando espera que quienes fueron afectados simplemente continúen con su vida como si un procedimiento administrativo pudiera cerrar heridas que la propia institución se niega a reconocer.

Todas las universidades presumen formar profesionales con ética. Tal vez ha llegado el momento de exigirles la misma ética. Porque la verdadera integridad institucional no se demuestra cuando todo funciona bien; se demuestra cuando la institución tiene la honestidad de reconocer que también puede equivocarse, la humildad de corregir sus errores y la valentía de reparar el daño que ella misma ha causado. Mientras eso no ocurra, la justicia universitaria seguirá siendo incompleta. Y una universidad que exige responsabilidad a todos, excepto a sí misma, corre el riesgo de convertirse en aquello que dice combatir: una estructura donde el poder no rinde cuentas.

Dra. Mónica Elizama Ruiz Torre: Investigadora Posdoctoral, Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí

[2] Colquitt, Jason, et al. (2001). Justice at the millennium: a meta analytic review of 25 years of the organizational justice research. Journal of apply psychology, 86 (3): 425-445. Disponible en: https://leeds-faculty.colorado.edu/dahe7472/colquitt 2001.pdf

[3] Organización Mundial de la Salud (2019). El agotamiento laboral, un fenómeno ocupacional: Clasificación internacional de enfermedades. Disponible en: https://www-who-int.translate.goog/news/item/28-05-2019-burn-out-an-occupational-phenomenon-international-classification-of-diseases?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=tc

Miercoles 01 de Julio del 2026 5:49 pm