Toluca, Méx., 20 de octubre de 2008.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó, por unanimidad, un punto de acuerdo presentado por el representante del Partido Revolucionario Institucional, Eduardo Bernal, para ampliar el plazo de la convocatoria para el registro de aspirantes a consejeros de las juntas municipales y distritales, dado que se ha presentado una muy baja afluencia, sobre todo porque los interesados han tenido dificultades para obtener la constancia de residencia que se les exige.\r\nEl priista Bernal Martínez llevó a la mesa de discusión el problema, porque la constancia legalmente debe expedirla únicamente el Secretario del Ayuntamiento respetivo, y el problema es que algunos de los 125 que ejercen ese cargo han utilizado el requisito para condicionarlo y tratar de “amarrar” otro tipo de trámites y contribuciones.\r\nCitó el caso de Nezahualcóyotl, donde el Secretario del Ayuntamiento exigió, por su propia voluntad, que los interesados presentaran, entre otros requisitos para obtener la carta de residencia, la boleta del impuesto predial pagada, así como dos testigos.\r\nEl representante de Convergencia, Horacio Jiménez López, le recordó al ayuntamiento de Nezahualcóyotl que nadie debe ni puede condicionar un trámite al cumplimiento de un impuesto, y, de seguir haciéndolo, advirtió que se incurre en una actitud que puede presumir un delito. “Es una actitud facciosa y constitutiva de un delito electoral”, dijo con base en la ley.\r\nEl priista Bernal Martínez señaló que haya casos, como en Otumba, donde el presidente municipal o el Secretario del Ayuntamiento sumaron un requisito más a la convocatoria: ser mayor de 25 años para obtener la carta de residencia, lo que viola el principio de acceso a quienes tienen entre 18 años y 24 años 11 meses y 29 días.\r\nAsimismo, comentó que en Cuautitlán Izcalli la obtención de la carta de residencia se sujetó a un término de 10 días, por lo que prácticamente se les impidió participar en el proceso a los interesados, pues el trámite de registro prácticamente era el mismo tiempo que lo que lograban para salvar el trámite.\r\nPor ello, el Consejo General del IEEM aprobó: primero, que el periodo de registro se amplié del 29 de octubre, fecha en que cerraba la convocatoria, al 5 de noviembre como nuevo plazo para el registro de aspirantes.\r\nEn segundo término, se sustituyó temporalmente la carta de residencia que sólo pueden expedir los secretarios de los ayuntamientos, por un formato de declaratoria bajo protesta de decir la verdad sobre su sitio de residencia de los aspirantes, la cual no les exime, a quienes resulten seleccionados, a que en un plazo no mayor de cinco días a la fecha de que sean notificados de su nombramiento tengan que presentar la famosa carta de residencia.\r\nFinalmente, los consejeros del IEEM acordaron emitir un exhorto oficial a los 125 ayuntamientos de la entidad para que dejen de condicionar la expedición de ese documento, pues esa actitud bloquea el desarrollo del programa de reclutamiento, selección y capacitación de quienes integrarán el servicio electoral profesional.\r\nEl secretario General Ejecutivo del IEEM, dio a conocer que por este tipo de obstáculos, de los 4 mil aspirantes que se pretendía registrar, sólo de tienen alrededor de 600.\r\n