Valida TEEM elecciones de autoridades auxiliares de Toluca y Metepec

Redacción\r\n\r\nTOLUCA, México, 20 de Junio.-El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó la declaración de validez de la elección de autoridades auxiliares en San Pablo Autopan y en el fraccionamiento Xinantécatl, del municipio de Metepec.\r\nEn sesión celebrada este jueves, el TEEM determinó, para el caso de la elección de delegado municipal en San Pablo Autopan, que no obstante haber encontrado fundados diversos agravios hechos valer por los actores, se determinó que las irregularidades detectadas no tenían como efecto declarar la nulidad de la elección de autoridades auxiliares en la delegación 36 de San Pablo Autopan, en atención a que no resultan determinantes para su resultado, por lo que se propuso confirmar la declaración de validez de la elección.\r\nEn el caso de Metepec, la controversia se centró en la asignación de una determinada cantidad de boletas (115), mismas que, en concepto del actor, resultaron insuficientes para el número de vecinos que acudieron a sufragar el pasado 17 de marzo; al respecto, el Magistrado Jorge Muciño explicó que, contrario a lo argumentado por la parte actora, la determinación del número de boletas que se entregaron en cada localidad se aprobó con base en la experiencia histórica de elecciones anteriores, siendo que en 2003, nadie acudió a sufragar, en 2006 fueron 92 y 2009 sólo 37 electores; además de que fue considerado un incremento general del 12% con respecto al número de papeletas distribuidas en el proceso electivo previo. Por lo anterior, el Pleno del Tribunal resolvió confirmar la elección cuestionada.\r\nEl TEEM resolvió diez asuntos especiales vinculados con el ejercicio de derechos político electorales, esta vez en sus vertientes de ejercicio del cargo y de ser votado para cargos de representación vecinal.\r\nDemás, el TEEM resolvió el asunto de cinco regidores pertenecientes al Ayuntamiento 2009-2012 del municipio de Zinacantepec, quienes informaron que dicha administración omitió, durante todo el 2012, entregarles de manera completa las dietas a las que tenían derecho, violando con ello su derecho político-electoral, en su vertiente de desempeño de un cargo de elección popular. \r\nEn los proyectos de los que dio cuenta el Magistrado Presidente, Jorge Muciño Escalona, se declararon parcialmente fundados los agravios expresados por los ciudadanos actores, debido a que la autoridad demandada no pudo acreditar que hayan sido pagadas las dietas correspondientes al periodo comprendido del 16 de octubre al 31 de diciembre del 2012, por lo que al configurarse la afectación al derecho de ejercer el cargo, se condenó al Ayuntamiento de mérito, restituir en el goce de su dieta a los enjuiciantes por un importe que en conjunto suman $909,434.83.\r\nEn cuanto a los recursos de apelación promovidos por los partidos de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, en los que se impugnan sendos acuerdos del Consejo General del IEEM a través de los cuales se les sanciona económicamente por haberse detectado diversas irregularidades en sus cuentas de gastos de las campañas electorales del proceso electoral 2012. Los magistrados determinaron confirmar la multa impuesta al PRD y modificar la del partido MC, al haberse encontrado, en este último caso, una indebida cuantificación de la sanción, por lo que a este instituto político se le descontará de sus ministraciones, la cantidad de $134,280.33 en lugar de los $230,281.19 originalmente impuestos.

Jueves 18 de Abril del 2024 10:36 pm