ITAIPEM contra reserva de everiguaciones judiciales

Toluca, Méx., 31 de marzo de 2009.- El Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México se pronunció a favor del recurso de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos en contra de la reforma al articulo 244 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, el cual prohíbe que la información de las averiguaciones previas sean dadas a conocer a terceros ajenos al procedimiento.\rEn conferencia de prensa, Luis Alberto Domínguez González, comisionado presidente del ITAIPEM, señaló que dicho recurso promovido por la CNDH también resulta oportuna, pues las reformas al Código atentan contra la libertad y el acceso a la información.\rEsta situación transgrede los artículos 6 de la Constitución Mexicana y 5 de la Local, en los cuales se establece que la información en posesión de cualquier autoridad sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público, en los términos que fije las leyes.\rCabe mencionar que dicho periodo será hasta por nueve años, contados partir de su clasificación, salvo que antes del periodo de su vencimiento dejen de existir los motivos correspondientes; por ello, las averiguaciones previas deben hacerse del conocimiento público una vez que hayan causado estado.\rEl funcionario expresó que hacer publicas las averiguaciones previas es un acto de rendición de cuentes de las autoridades estatales encargadas de la procuración de justicia estatales, en virtud de que es de interés público conocer sí las indagatorias se han realizado conforme a derecho.\rPara concluir, indicó que hacer del conocimiento las indagatorias una vez que han concluido y causado estado no afecta el desarrollo de las investigaciones, porque pierde su sentido de secrecía, pero la reforma pretende que la secrecía sea permanente y eso atenta contra el principio de máxima publicidad.\r

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