“Exagerados” requisitos exigidos a candidatos independientes: Tribunal Electoral

Agencia MVT / José Contreras Contreras

 

TOLUCA, México, 31 de Enero.- El Tribunal Electoral del Estado de México dio la razón a candidatos independientes y rechazó varios de los requisitos establecidos por el Instituto Electoral de la entidad a quienes aspiran a participar en la próxima elección de gobernador sin el respaldo de un partido político.

En sesión del pleno, los magistrados del Tribunal Electoral local declararon infundado el recurso interpuesto por el aspirante a candidato ciudadano Guillermo Eduardo Antonio Ortiz Solalinde respecto a la inconstitucionalidad del requisito del 3 por ciento del Padrón Electoral que se les pide para que proceda su registro.

Sin embargo, los magistrados consideraron que Ortiz Solalinde sí tiene razón al protestar en contra del requisito de entregar copia de la credencial de elector de cada una de las personas que apoyen su solicitud de registro como candidato ciudadano, y aclararon que existen otros mecanismos que la autoridad electoral tiene para verificar la personalidad de alguien que apoya a un aspirante a candidato ciudadano.

tribunal

Sobre el juicio interpuesto por la aspirante María Teresa Castell de Oro Palacios, los magistrados declararon inoperante también el requisito del 3 por ciento del Padrón Electoral que se les pidió a quienes aspiran a ser candidatos independientes, pero en lo que sí le dieron la razón es en la obligatoriedad de obtener ese 3 por ciento en 74 de los 125 municipios mexiquenses, y abrieron la posibilidad de que las firmas de respaldo las obtengan en la cantidad solicitada sin importar en cuántos municipios lo logren.

Los magistrados también consideraron inviable que se les exija a los candidatos ciudadanos entregar la información del apoyo ciudadano en un disco compacto no regrabable, conforme a un formato preestablecido. Apuntaron que ese es un requisito no previsto de manera legal.

Por último, los miembros del Tribunal Electoral del Estado de México calificaron de “excesivos” requisitos establecidos en la convocatoria del Instituto Electoral para el llenado de formatos, como la sección electoral, el domicilio, la marca con una “x” si la credencial no señala calle y número de domicilio, así como el espacio para anotar el municipio del ciudadano que brinda el apoyo ciudadano.

Martes 23 de Abril del 2024 3:07 am