Capacitan jóvenes de Tejupilco sobre justicia electoral

TEJUPILCO, México, 4 de Nov.- A efecto de poner en práctica estrategias que coadyuven a mejorar y ampliar la capacitación electoral, el Instituto Electoral del Estado de México está desarrollando actividades en distintas regiones de la entidad, como la conferencia denominada el «Tribunal Electoral y de lo Contencioso Electoral en el Estado de México», la cual fue impartida en el Centro Universitario UAEM-Temascaltepec (Extensión Académica Tejupilco).\r\nLa actividad académica estuvo a cargo del Director de Capacitación del IEEM, Rafael Plutarco Garduño García y de Víctor Manuel Carrera Thompson, Subdirector de Medios de Impugnación de la Secretaría Ejecutiva General del Instituto, quienes analizaron los libros Quinto y Sexto del Código Electoral del Estado de México, estableciendo un interesante diálogo con los asistentes que permitió complementar y enriquecer las exposiciones. Con ello, el IEEM busca aportar información para ofrecer un amplio panorama sobre las atribuciones de este órgano jurisdiccional electoral en la entidad, así como los procedimientos que le corresponde aplicar a través de los medios de impugnación.\r\nGarduño García explicó que el Tribunal Electoral del Estado de México es un organismo autónomo al que le corresponde resolver los medios de impugnación que se presenten en contra de los acuerdos aprobados por los órganos centrales y desconcentrados del IEEM, a través de los mecanismos establecidos en la normatividad electoral, abordando también los conflictos o diferencias laborales entre el TEEM y sus servidores, así como entre el IEEM y sus servidores públicos electorales.\r\nDe ahí que debe resolver los medios de impugnación de su competencia establecidos en la normatividad, además de calificar y resolver sobre las excusas y recusaciones, definiendo la fecha y hora de sus sesiones públicas, así como desechar, sobreseer, tener por no interpuestos o por no presentados, cuando proceda, los medios de impugnación que se interpongan por ciudadanos, actores políticos o servidores públicos electorales.\r\nPor su parte, Carrera Thompson ilustró con diversos ejemplos los temas expuestos y precisó que el órgano jurisdiccional cuenta con los mecanismos consagrados en las leyes para confirmar, modificar, revocar, anular o corregir los actos, omisiones o resoluciones impugnadas de las autoridades electorales locales, describiendo la ruta, los plazos y forma en que deben sustanciarse. \r\nAsimismo, el representante de la Secretaría Ejecutiva General del IEEM, a cargo de Francisco Javier López Corral, señaló que el objeto de los medios de impugnación consiste en garantizar la legalidad y certeza de todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales del Estado de México, dar definitividad a los distintos actos y etapas de los procesos electorales locales y propiciar la pronta y expedita resolución de los conflictos en materia electoral de los Recursos de Revisión, Recurso de Apelación y del Juicio de Inconformidad.\r\n

Domingo 12 de Mayo del 2024 6:28 pm