Aprueban derecho del Ejecutivo estatal a presentar iniciativas preferentes

TOLUCA, México, 24 de Feb.- Luego de abrir el periodo extraordinario del Congreso local, los legisladores avalaron por mayoría los procedimientos relacionados con el derecho del Ejecutivo estatal a presentar hasta tres iniciativas preferentes por cada periodo de sesiones, así como el derecho de voz; algunos diputados del PAN votaron en contra, en tanto que otros, al igual que los perredistas, se abstuvieron.\r\nDe este modo, se hace efectivo el derecho del gobernador a presentar hasta tres iniciativas preferentes por cada periodo ordinario de la Legislatura ?como se establece en el artículo 51 de la Constitución estatal?, con el objetivo de que las reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y a su Reglamento, sean aprobadas por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.\r\nDe acuerdo con la reforma, las iniciativas preferentes deberán remitirse a la Legislatura en el primer cuarto del periodo ordinario de sesiones del año que se trate; esto es en los primeros 21 días del primer periodo (septiembre-diciembre); en los primeros 15 días del segundo (marzo-abril); en los primeros seis del tercero (julio-agosto) y serán votadas a más tardar en la última sesión del periodo en el que se presentaron.\r\nEste tipo de iniciativas contendrán la precisión de ser preferentes y deben incluir un apartado que sustente las razones por las que se les dio este carácter; si no lo tienen, el presidente de la Legislatura solicitará al gobernador que se subsane la omisión, para lo que contará con un plazo de 48 horas; de no hacerlo y si aún está en el plazo respectivo, podrá presentarla nuevamente, de lo contrario será recibida sin este carácter.\r\nLas comisiones podrán solicitar información adicional para el análisis y en caso de que algún dictamen sea desaprobatorio, se hará del conocimiento del presidente de la Legislatura y del gobernador, quien conociendo el sentido del dictamen, podrá retirarlo o solicitar que sea sometido a la consideración de la Asamblea.\r\nLos diputados locales también avalaron reformas a la normatividad del Poder Legislativo para desarrollar los procedimientos aplicables al ejercicio del derecho de voz en el análisis de iniciativas, que atañe a las autoridades a las que la Constitución otorga este derecho establecido en el artículo 52.\r\nEl objetivo es regular el ejercicio del derecho de voz, el cual puede ser aplicado por los sujetos facultados para tal fin (gobernador, diputados, Tribunal Superior de Justicia, ayuntamientos, ciudadanos, Comisión de Derechos Humanos del Estado de México), en las etapas del proceso legislativo que corresponden al estudio, elaboración del dictamen y discusión.

Martes 23 de Abril del 2024 2:09 am