Amparos no desprestigian al IEEM

Toluca, Méx., 16 de abril de 2008.- El Instituto Electoral del Estado de México aclaró que perder un juicio de amparo y tener que rectificar alguna decisión no es motivo de desprestigio para ninguna autoridad. \r\nSi así lo fuera, precisó el IEEM, el Congreso de la Unión y las Legislaturas Locales estuvieran desprestigiadas por todos los amparos que declaran inconstitucional alguna ley; los tribunales de justicia estarían sumidos en el desprestigio, porque todas las semanas hay amparos que se conceden y obligan a cambiar sentencias emitidas; y lo mismo sucedería con los gobiernos federal, estatal y municipal que, en todos sus niveles, quedan sujetos a perder amparos. \r\nEs parte de un sistema de equilibrios de poderes y protección de derechos, subraya el órgano electoral, a través de un comunicado de prensa. \r\nPor ello, el Instituto Electoral del Estado de México no sufre desprestigio porque algunos servidores que fueron sancionados hayan obtenido el amparo que solicitaron en contra de las sanciones que les fueron aplicadas, abunda. \r\nSobre los ex empleados que ganaron amparon y que por lo tanto tendrán que ser restituidos en sus funciones, el IEEM indicó que, en el caso que da origen a los amparos, los servidores electorales que resultaron sancionados tomaron decisiones diferentes: unos aceptaron la sanción, la asumieron y no presentaron amparo. Hubo un caso en que el amparo solicitado fue perdido por el quejoso y la sanción quedó firme por haberse considerado correcta su aplicación. \r\nHubo otros en que los promoventes, en ejercicio legítimo de su derecho, obtuvieron el amparo, cuando el Tribunal Colegiado revocó la sentencia del Juez de Distrito que lo había negado, con base en la queja del Partido de la Revolución Democrática de que el inicio del proceso administrativo fue extemporáneo, según lo apreciaron los magistrados que resolvieron, en ocasiones por unanimidad y, en otras, por mayoría. \r\nSin embargo, en ninguno de estos casos se analizó el fondo del asunto que dio origen al proceso sancionador. \r\nFue así que el Instituto Electoral del Estado de México se limitó a dar cumplimiento a lo ordenado por el Juez, sin que esto pueda implicar desprestigio alguno para la Institución, concluye el organismo.\r\n

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